Complementos de pago: cuándo son obligatorios y cómo emitirlos

El Complemento de Recepción de Pagos es de los temas que más multas silenciosas generan: no lo emites, nadie te dice nada, y el problema aparece meses después en una revisión.

Cuándo es obligatorio

Depende de cómo marcaste el método de pago en la factura original. Esa decisión define todo lo que viene después.

Método de pagoCuándo se usa¿Requiere complemento?
PUE — Pago en una sola exhibiciónTe pagan completo al momento de facturarNo
PPD — Pago en parcialidades o diferidoVendes a crédito o te pagan despuésSí, uno por cada pago recibido

Cómo se emite

  1. Emites la factura original con método de pago PPD y forma de pago «99 · Por definir».
  2. Cuando recibes el pago, generas un CFDI de tipo «Pago» que referencia el UUID de la factura original.
  3. En el complemento indicas la fecha del pago, la forma real (transferencia, efectivo, etc.), el importe y los saldos anterior y pendiente.
  4. Timbras el complemento y se lo envías al cliente, igual que la factura.

Reglas que suelen sorprender

  • Un complemento puede cubrir varias facturas — si el cliente te paga un abono que aplica a tres facturas, va un solo complemento con los tres documentos relacionados.
  • El importe del complemento es cero — el CFDI de pago no tiene importe propio; el monto va en el detalle del documento relacionado.
  • Hay plazo — debe emitirse a más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en que se recibió el pago.
  • Si te equivocas, se cancela y se reemite — no se corrige un complemento timbrado.

En JoraRenta registras el abono y el complemento se arma solo con los saldos correctos, incluso cuando el pago se reparte entre varias facturas. Es de las cosas donde llevarlo a mano casi garantiza un error tarde o temprano.

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